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 Normativa >> Ley 9220 >> Fecha 24/03/2014 >> Articulo 13
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Normativa - Ley 9220 - Articulo 13
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Artículo 13
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ARTÍCULO 13.- Funciones

La Comisión Técnica Interinstitucional tendrá las siguientes funciones: 

a) Coordinar las acciones técnicas y operativas interinstitucionales relacionadas con la Redcudi. 

b) Proponer políticas, programas y acciones pertinentes para el adecuado funcionamiento y desarrollo de la Redcudi. 

c) Participar en la elaboración de los planes de acción interinstitucionales de la Redcudi. 

d) Dar seguimiento a las acciones institucionales e interinstitucionales relacionadas con la Redcudi. 

e) Conocer y pronunciarse sobre las evaluaciones y los informes de seguimiento que se realicen sobre la Redcudi. 

f) Otras que le asigne la Comisión Consultiva de la Redcudi.

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