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 Normativa >> Ley 9220 >> Fecha 24/03/2014 >> Articulo 1
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Normativa - Ley 9220 - Articulo 1
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N° 9220 

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA 
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA 

DECRETA: 

RED NACIONAL DE CUIDO Y DESARROLLO INFANTIL 

CAPÍTULO I 

ASPECTOS GENERALES 

ARTÍCULO 1.- Creación y finalidad

Se crea la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil (Redcudi), con la finalidad de establecer un sistema de cuido y desarrollo infantil de acceso público, universal y de financiamiento solidario que articule las diferentes modalidades de prestación pública y privada de servicios en materia de cuido y desarrollo infantil, para fortalecer y ampliar las alternativas de atención infantil integral. 

Los servicios de la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil deberán entenderse como complementarios y no sustitutos de los servicios de educación preescolar prestados directamente por el Ministerio de Educación Pública.

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