ARTÍCULO 20.- Acciones operativas
La principal institución responsable de las acciones
operativas de la Secretaría Técnica de la Redcudi será el ministerio que ejerza
la rectoría del sector social o, en ausencia de este, el Instituto Mixto de
Ayuda Social, el cual le brindará el contenido presupuestario, el espacio
físico, el apoyo logístico, el equipo, los materiales y el personal necesarios
para su adecuado funcionamiento.
El
Ministerio de Educación Pública podrá apoyar la operación de la red con acceso
a infraestructura educativa, en horarios distintos de los utilizados para la
prestación de los servicios propiamente educativos.
Igualmente,
se autoriza a las demás instituciones del Estado para que, dentro de su ámbito
de competencia y de acuerdo con sus posibilidades, colaboren activamente y
aporten recursos humanos, físicos y económicos a la Secretaría Técnica de la
Redcudi.
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