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 Normativa >> Ley 9234 >> Fecha 22/04/2014 >> Articulo 15
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Normativa - Ley 9234 - Articulo 15
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Artículo 15
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ARTÍCULO 15.- Modificación de condiciones

Cualquier modificación en la relación riesgo-beneficio o en las condiciones que se presenten durante la investigación deberá ser informada a la persona participante, a efectos de que esta, mediante el otorgamiento de un nuevo consentimiento o de una adenda al principal, ratifique su permanencia en el estudio o ensayo, o bien, decida retirarse de este.


 

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