ARTÍCULO 26.- Cesión de datos
La cesión de datos de carácter personal a terceros
ajenos a una investigación donde participen seres humanos requerirá el
consentimiento expreso y escrito del participante.
Si los
datos obtenidos del participante pudieran revelar información de carácter
personal de sus familiares, la cesión a terceros requerirá el consentimiento
expreso y escrito de todos los interesados.
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