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 Normativa >> Ley 9234 >> Fecha 22/04/2014 >> Articulo 32
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Normativa - Ley 9234 - Articulo 32
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Artículo 32
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ARTÍCULO 32.- Información a las personas que participan en investigaciones biomédicas

En el consentimiento informado que se le brinde al posible participante se le debe entregar comprobante o copia de la póliza, en la que se indique el número, la entidad que la emite, el plazo de protección, las condiciones que tendrá la póliza y el procedimiento para acceder a esta por parte de las personas participantes.


 

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