CAPÍTULO VI
Tarifas por otros servicios
Artículo 36.—En aquellas Áreas Silvestres Protegidas en las que el
Sistema Nacional de Áreas de Conservación, esté en posibilidad de brindar los
servicios que se describen a continuación, cobrará la tarifa que se detalla en
los siguientes incisos. Esta tarifa no aplica cuando el servicio sea brindado
por particulares, en razón de contratos o permisos de uso de servicios no
esenciales establecidos con el Estado, estas son:
a) Hospedaje: Seis dólares
-moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($6,00) o su
equivalente en colones, diarios por derecho a hospedarse en las instalaciones
de las Áreas Silvestres Protegidas. Esta tarifa será de dos dólares -moneda del
curso legal en los Estados Unidos de América- ($2,00) o su equivalente en
colones por día, para estudiantes de instituciones nacionales debidamente
identificados, que visiten el área en razón de sus estudios, a excepción de las
siguientes Áreas de Conservación, cuya tarifa será:
a.i) Área de Conservación
Guanacaste: Quince dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de
América- ($15,00) o su equivalente en colones, diarios para particulares; de
diez dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($10,00)
o su equivalente en colones diarios para investigadores, y de seis dólares
-moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($6,00) o su
equivalente en colones diarios, para asistentes de investigación y estudiantes.
En los sectores de Murciélago, Centeno y Santa Elena la tarifa de alquiler de
instalaciones para investigación será de diez dólares -moneda del curso legal
en los Estados Unidos de América- ($10,00) por día o de cien dólares -moneda
del curso legal en los Estados Unidos de América- ($100,00) por mes.
a.ii) Área de Conservación
Tempisque: Doce dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de
América- ($12,00) o su equivalente en colones, diarios para particulares; nueve
dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($9,00) o su
equivalente en colones diarios para investigadores, y de seis dólares -moneda
del curso legal en los Estados Unidos de América- ($6,00) o su equivalente en
colones diarios, para estudiantes y asistentes de investigación.
a.iii) Área de Conservación Osa:
Ocho dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($8,00)
por persona diarios en las instalaciones del Parque Nacional Corcovado.
a.iv) Área de Conservación La
Amistad Pacífico: En el Parque Nacional Chirripó la tarifa de alojamiento es de
diez dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- por
noche ($ 10,00) o su equivalente en colones.
a.v) En la Reserva Forestal
Villa Mills, la tarifa de alojamiento es ocho dólares -moneda del curso legal
en los Estados Unidos de América- por noche ($8,00), tanto para residentes como
para no residentes.
a.vi) Área de Conservación La
Amistad Caribe: En el Parque Nacional Cahuita (para residentes y no
residentes), la tarifa de alojamiento es de diez dólares ($10,00) o su
equivalente en colones, diarios para particulares; seis dólares ($6,00) o su
equivalente en colones diarios para investigadores, y de cuatro dólares ($4,00)
o su equivalente en colones diarios, para asistentes de investigación y
estudiantes. (Véase Cuadro Nº 13)
CUADRO Nº 13
Tarifas diarias por
concepto de hospedaje
en las áreas de
conservación
Área
de Conservación
|
Particulares
|
Estudiantes
de instituciones nacionales
|
Investigadores
|
Asistentes
de investigación y estudiantes
|
Áreas silvestres
protegidas en general
|
$ 6,00*
|
$ 2,00*
|
|
|
Área de Conservación
Guanacaste
|
$ 15,00*
|
|
$ 10,00*
|
$ 6,00*
|
Área de Conservación
Tempisque
|
$ 12,00*
|
$ 6,00*
|
$ 9,00*
|
$ 6,00*
|
Área de Conservación
La Amistad Pacífico
Parque Nacional
Chirripó
|
$ 10,00*
|
|
|
|
Área de Conservación
Osa
Parque Nacional
Corcovado
|
$ 8,00*
|
|
|
|
Reserva Forestal
Villa Mills
|
$ 8,00*
|
|
|
|
Área de Conservación
La Amistad Caribe
Parque Nacional
Cahuita
|
$ 10,00*
|
|
$ 6,00*
|
$ 4,00*
|
*O su equivalente en colones, utilizando el
parámetro establecido en el artículo 3 del presente decreto. Tarifa aplicable
residentes y no residentes.
b) Derecho de acampar: Dos dólares-moneda del curso legal en los Estados
Unidos de América- ($2,00) o su equivalente en colones, diarios por persona:
b.i) En los Parques
Nacionales Corcovado, Santa Rosa y Rincón de la Vieja la tarifa es de cuatro
dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($4,00)
diarios.
b.ii) En el Parque
Internacional La Amistad (PILA) la tarifa es de seis dólares -moneda del curso
legal en los Estados Unidos de América- ($6,00) diarios para no residentes y su
equivalente en colones para residentes.
b. iii) En el Parque Nacional
Chirripó la tarifa para acampar es de seis dólares -moneda del curso legal en
los Estados Unidos de América- ($6,00), tanto para residentes como para no
residentes.
c) Salas de conferencias: Trece
dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- diarios
($13,00) o su equivalente en colones.
d) Microcomputadoras: Un dólar -moneda del curso legal en los Estados
Unidos de América- por hora ($1,00) o su equivalente en colones, por el uso de
cada microcomputador y de dos dólares -moneda del curso legal en los Estados
Unidos de América- ($2,00) por hora, o su equivalente en colones cuando sea
para accesar Internet.
e) Instalaciones de laboratorios:
Dos dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($2,00) o
su equivalente en colones, por persona, por el uso diario.
f) Bodegas: Dos dólares -moneda
del curso legal en los Estados Unidos de América- ($2,00) o su equivalente en
colones, por el uso diario de instalaciones para bodegas.
g) Buceo: Veinte dólares -moneda
del curso legal en los Estados Unidos de América- ($20,00) o su equivalente en
colones, diarios por persona, por el derecho a bucear dentro de la zona
marítima del Parque Nacional Isla del Coco. Cuatro dólares -moneda del curso
legal en los Estados Unidos de América- ($4,00) o su equivalente en colones,
diarios por persona, por el derecho a bucear dentro de la zona marítima de la
Reserva Biológica Isla del Caño.
h) Snorkel: Diez dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos
de América- ($10,00) o su equivalente en colones, diarios por persona, por el
derecho a realizar actividad de snorkel dentro de la zona marítima del Parque
Nacional Isla del Coco.
i) Operación de submarino: La
tarifa diaria por concepto de operación de Submarino para fines de
investigación será de ciento veinte dólares -moneda del curso legal en los
Estados Unidos de América- ($120,00) o su equivalente en colones.
j) Estacionamiento: Cincuenta
centavos de dólar -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- por
hora ($0,50) o su equivalente en colones, por cada vehículo liviano, sesenta
centavos de dólar -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- por
hora ($0,60) o su equivalente en colones, por cada microbús y un dólar -moneda
del curso legal en los Estados Unidos de América- por hora ($1,00) o su
equivalente en colones, por cada bus u otro vehículo pesado. (Véase cuadro Nº
14).
CUADRO Nº 14
Tarifa por
estacionamiento en las áreas silvestres protegidas
Tipo
de vehículo
|
Tarifa
por hora
|
Vehículos livianos
|
$ 0,50*
|
Microbús
|
$ 0,60*
|
Bus o vehículo
pesado
|
$ 1,00*
|
k) Charlas: Veintisiete dólares
-moneda del curso legal en los Estados Unidos de América- ($ 27,00) o su
equivalente en colones, por impartir cada charla a grupos que lo solicitan.
l) Alquiler de tiendas de
acampar: Siete dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de
América- diarios ($7,00) o su equivalente en colones, por cada tienda.
m) Alquiler de botas y capas: Dos dólares -moneda
del curso legal en los Estados Unidos de América- diarios ($2,00) o su
equivalente en colones por cada juego de botas y capa.
n) Alquiler de tablas de surf:
Veinte dólares -moneda del curso legal en los Estados Unidos de América-
diarios ($20,00) o su equivalente en colones por cada tabla.
ñ) Alquiler de casilleros para
guardar equipaje: un dólar -moneda del curso legal en los Estados Unidos de
América- diario ($1,00) por cada casillero.