Artículo 37.—De los conflictos de la zonificación. En razón del
cumplimiento de los intereses regionales, los Planes Reguladores deberán
incluir disposiciones sobre la forma de solventar los conflictos o
contradicciones en la zonificación entre dos o más cantones. Dichas
disposiciones deberán incluir criterios técnicos y de procedimiento para la
determinación final del uso del suelo permitido. Como base para resolver las
situaciones de conflicto, se utilizará la zonificación urbana y ambiental del
Plan GAM, así como sus limitantes y potencialidades técnicas.
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