Artículo 46.—Cumplimiento urbanístico. El Plan Especial de Renovación
Urbana deberá cumplir con todas las especificaciones del Reglamento para el
Control Nacional de Fraccionamientos y Urbanizaciones, los requisitos
requeridos en el Capítulo III y IV del mismo Reglamento, así como con las
disposiciones urbanísticas del Plan Regulador vigente.
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