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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38334 >> Fecha 10/03/2014 >> Articulo 49
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38334 - Articulo 49
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Artículo 49
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Artículo 49.—Usos no conformes. Todo Plan Especial de Renovación Urbana deberá delimitar como usos no conformes los de industrias contaminantes, o incompatibles con la zonificación vigente. Sin embargo, las zonas industriales con limitaciones en razón del crecimiento urbano, podrán ser sujetas a procesos de renovación urbana. Estas zonas se denominarán en el Plan Especial de Renovación Urbana como Zonas de Mejora Urbana. Cuando haya condiciones extremas de riesgo en un sitio, deberán tener la condición de uso no conforme y estar sujetas al desarrollo de un Plan de Readecuación Ambiental.

 


 

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