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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38404 >> Fecha 10/03/2014 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38404 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2º—Rige a partir  de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los diez días del mes de marzo del dos mil catorce.

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