Buscar:
 Normativa >> Tratados Internacionales 9236 >> Fecha 23/04/2014 >> Articulo 2
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 2     >>
Normativa - Tratados Internacionales 9236 - Articulo 2
Ir al final de los resultados
Artículo 2
Versión del artículo: 1  de 1

ARTÍCULO 2.-  Los términos confabulación y agrupación, de los artículos II.2 y III.2.d del presente tratado de extradición, no podrán interpretarse como dispositivos amplificadores de la tentativa o de la participación; para tales efectos rigen las reglas del Código Penal, Ley N.º 4573, de 4 de mayo de 1970.

Ir al inicio de los resultados