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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38406 >> Fecha 21/02/2014 >> Articulo 29
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38406 - Articulo 29
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Artículo 29
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Artículo 29.—Los vehículos propiedad de la Presidencia y del Ministerio, tendrán prioridad de estacionamiento en los parqueos de la institución propios o arrendados, sobre aquellos vehículos propiedad de sus funcionarios o de los visitantes.


 

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