Artículo
52.—Reacreditación de conductores. En el caso que un funcionario deba realizar
un curso de sensibilización y reeducación vial, realizar un programa de
tratamiento de adicciones para el control de consumo de alcohol, sustancias
estupefacientes, psicotrópicas o drogas enervantes o un programa para el
control de conductas violentas y tratamiento psicológico, La Oficina de Gestión
Institucional de Recursos Humanos, la Asesoría Jurídica y el Departamento o
Unidad de Transportes, analizarán en conjunto el caso para efectos de que el
Superior Inmediato conceda permiso de participación en cualquiera de ellos en
jornada laboral.
En los
casos en que un funcionario no haya sido reincidente en la acumulación de
puntos asignados a su licencia y acumule por primera vez los mismos, la Oficina
de Gestión Institucional de Recursos Humanos analizará el caso para recomendar
al Superior si concede permiso en horas laborales para la participación en
trabajo comunitario; esto de cara a reducir el tiempo necesario para la
habilitación de su licencia de conducir.
En
ninguno de los casos en los cuales un funcionario debe realizar los trámites y
procedimientos correspondientes para la habilitación de su licencia por
acumulación de puntos, la Institución asumirá ningún costo o gasto que tenga
que sufragar el funcionario para dicha habilitación de licencia.
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