Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38416 >> Fecha 26/02/2014 >> Articulo 7
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 7     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 38416 - Articulo 7
Ir al final de los resultados
Artículo 7
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 7º—Integración. El Consejo de Competitividad, estará integrado por un representante propietario de cada una de las siguientes entidades y organizaciones:

I. La representación del Sector Público Regional, está compuesta de la siguiente manera:

a) Un representante del MEIC.

b) Un representante del MIDEPLAN.

c) Un representante del resto del Sector Institucional- Productivo (CNP, INCOPESCA, INDER, ICT, MAG, ZEE, SENASA y afines).

d) Un representante del Sector Institucional-Social y Ambiental. (IMAS, SINAC, DINADECO, PANI, MINAE y afines).

e) Un representante del Sector Institucional-Infraestructura y Servicios. (MOPT, AyA, CONAVI, INS, ICE, y afines).

II. La representación del Sector Municipal:

a) Un representante de la Municipalidad de Guatuso.

b) Un representante de la Municipalidad de Los Chiles.

c) Un representante de la Municipalidad de San Carlos.

d) Un representante de la Municipalidad de Sarapiquí.

e) Un representante de la Municipalidad de Upala.

f) Un representante del Distrito de Río Cuarto de Grecia.

g) Un representante del Distrito de Peñas Blancas.

III. La representación del Sector Privado, está integrada por:

a) Dos representantes del Subsector Agropecuario.

b) Dos representantes del Subsector Comercio.

c) Dos representantes del Subsector Servicios.

d) Dos representantes del Subsector Industria.

e) Dos representantes del Subsector TIC’s.

f) Dos representantes del Subsector Turismo.

IV. La representación del Sector Académico y de Formación y Capacitación, estará integrada por:

a) Un representante de las Universidades Públicas.

b) Un representante de las Universidades Privadas.

c) Un representante de Instituciones de Formación y Capacitación.

d) Un representante de Liceos y Colegios Técnicos.

V. La representación de Grupos Organizados, estará integrada por:

a) Dos representantes del Cantón de Guatuso.

b) Dos representantes del Cantón de Los Chiles.

c) Dos representantes del Cantón de San Carlos.

d) Dos representantes del Cantón de Sarapiquí.

e) Dos representantes del Cantón de Upala.

f) Dos representantes de las Cooperativas.

g) Un representante de ONG´s.

Los nombramientos de los representantes del sector público, serán designados por el responsable regional de cada institución; y en el caso de las organizaciones privadas y grupos organizados los representantes serán electos democráticamente por cada sector correspondiente. Los referidos nombramientos deben ser comunicados a la Secretaría Ejecutiva del Consejo.


 

Ir al inicio de los resultados