Capítulo XVIII
Disposiciones
finales
Artículo 101.—Disposición final. Los
aspectos no contemplados expresamente en este Reglamento se regirán por lo
dispuesto en la Constitución Política, la Normativa Internacional aplicable, la
Ley Constitutiva de la Caja, la Ley Reguladora del Mercado de Seguros, el
Código de Trabajo, el Reglamento del Seguro de Salud, el Reglamento del
Expediente de Salud de la CCSS, el Reglamento que regula el funcionamiento de
las Comisiones Evaluadoras de Licencias e Incapacidades, el Reglamento de
Medicina de Empresa, el Reglamento de Medicina Mixta, la Ley de Tránsito por
Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, la Ley General de Administración
Pública, los Principios del Derecho Administrativo y la normativa conexa
emitida por la Superintendencia General de Seguros (SUGESE).
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