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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38365 >> Fecha 20/02/2014 >> Articulo 13
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38365 - Articulo 13
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Artículo 13
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Artículo 13.—Para la realización de sus análisis, la Administración Financiera, por medio de la Unidad de Presupuesto, solicitará a los departamentos ejecutores los estudios que sustenten la procedencia de los fundamentos económicos, legales y técnicos de lo planteado así como, su correspondencia con los planes de corto, mediano y largo plazo de la Institución.

De sus conclusiones rendirá informe a la Dirección Ejecutiva, para lo de su cargo.


 

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