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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38365 >> Fecha 20/02/2014 >> Articulo 22
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38365 - Articulo 22
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Artículo 22
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Artículo 22.—Vigencia legal de los presupuestos extraordinarios y las modificaciones presupuestarias. Los presupuestos extraordinarios y las modificaciones presupuestarias afectarán el presupuesto, a partir de la aprobación por parte de las instancias externas e internas competentes.


 

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