Artículo
27.—Con base en la asignación presupuestaria aprobada, tanto de ingresos como
de egresos, en el presupuesto ordinario y sus modificaciones, la Unidad de
Presupuesto será la responsable de registrar en el Sistema Financiero Contable
las operaciones de la ejecución presupuestaria en cuanto a traslados
modificaciones y presupuestos extraordinarios.
|