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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38390 >> Fecha 22/04/2014 >> Articulo 11
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38390 - Articulo 11
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Artículo 11
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Capítulo IV

De los requisitos para la circulación

de los vehículos de la Policía

de Tránsito

Artículo 11.—Sujeción al ordenamiento jurídico. Los vehículos oficiales propiedad del MOPT y COSEVI destinados para el cumplimento de las labores administrativas y policiales de la DGPT amparados por el presente reglamento, deberán cumplir a cabalidad con los requerimientos, reglamentos, prohibiciones y normativas establecidos por el ordenamiento jurídico.

Dicho sometimiento al ordenamiento jurídico será aplicable en lo conducente, tanto a quienes funjan como conductores de dichos vehículos, como a sus respectivos acompañantes.


 

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