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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38390 >> Fecha 22/04/2014 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38390 - Articulo 4
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Artículo 4
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Capítulo II

De la clasificación de los vehículos

Artículo 4º—Sistema clasificatorio y delimitación del contenido regulador. Conforme lo establece el artículo 237 de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, los vehículos oficiales se clasifican de la siguiente forma:

a- De uso discrecional y semidiscrecional.

b- De uso administrativo general.

c- De uso policial, los de servicios de seguridad, prevención y emergencias y de investigación.

Las presentes disposiciones normativas regulan, en su caso, los vehículos de uso administrativo general y/o de uso policial.


 

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