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 Normativa >> Reglamento municipal 214 >> Fecha 03/06/2014 >> Articulo 12
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Normativa - Reglamento municipal 214 - Articulo 12
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Artículo 12
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Artículo 12.—Es prohibido hacer mal uso de los asientos, bancas, mesas, placas, lámparas, postes, baños, tuberías, basureros, rótulos o estructuras varias, habidos en aquellas áreas, dándoles un destino diversos a que fueron creados. Igualmente queda absolutamente prohibido hacer cualquier daño, acto vandálico que altere, modifique, o destroce alguna de las cosas existentes en aquellos sitios.


 

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