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 Normativa >> Reglamento municipal 181 >> Fecha 05/11/2013 >> Articulo 32
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Normativa - Reglamento municipal 181 - Articulo 32
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Artículo 32
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Artículo 32.—De la solicitud de inspección. El interesado tiene la posibilidad de presentar ante la Plataforma de Servicios la solicitud de inspección por altas lecturas, en el formulario destinado para tal fin, cuando exista la sospecha de la existencia de fugas intradomiciliarias, siendo la fuga visible deberá demostrar el interesado tal situación mediante algún medio probatorio. El Departamento de Acueducto realizará la inspección solicitada en el plazo de 10 días hábiles posteriores a la comunicación de la solicitud.


 

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