Artículo 16
Divulgación e información
Cada Estado Parte se compromete a dar a conocer y
divulgar ampliamente el Pacto y el presente Protocolo, así como a facilitar el
acceso a información sobre los dictámenes y recomendaciones del Comité, en particular
respecto de las cuestiones que guarden relación con tal Estado Parte, y a
hacerlo en formatos accesibles a las personas con discapacidad.
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