Artículo 9º— Régimen de
Responsabilidad. Aquellas
entidades y órganos que incumplan con lo indicado en la presente directriz,
estarán sujetas a la aplicación del régimen de responsabilidad establecido en
el Título X de la Ley de la Administración Financiera de la República y
Presupuestos Públicos, Ley No. 8131.
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