CAPÍTULO VIII
De la inscripción de formularios de regencia forestal
Artículo 20.—La relación entre el o la regente y la
empresa o persona regentada, será registrada por el Colegio mediante un
formulario de regencia forestal. Para estos efectos, deberán utilizarse las
fórmulas pre impresas, papel de seguridad u otros medios debidamente señalados
por el Colegio, conservando el formato establecido por el Colegio.
Cuando
el o la regente haya acordado lo correspondiente a su contratación con la
empresa o persona regentada, presentará el formulario al Colegio para su
respectivo registro, previo cumplimiento de los requisitos de presentación
establecidos por acuerdo de Junta Directiva del Colegio el cual será
debidamente publicado en el Diario Oficial La Gaceta.
Deberá
presentar el original del formulario debidamente firmado por el o la regente y
la empresa o persona regentada. También deberá presentar tres copias del
formulario para hacer la inscripción en el Colegio, las cuales deberán estar
firmadas en original por el o la regente y la empresa o persona regentada.
Cuando se registre esta documentación en el Colegio, se distribuirá de la
siguiente manera:
• En
caso de que sean fórmulas pre impresas, deberá presentar copia y, cuando corresponda
a hojas impresas en papel de seguridad, deberá presentar fotocopia, en ambos
casos con firmas originales.
• El
original le corresponderá al Colegio; una copia a la AFE; una copia a la
empresa o persona regentada y una copia será para el archivo de referencia del
o de la regente. Todos estos documentos deberán ser legibles.
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