Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38444 >> Fecha 20/02/2014 >> Articulo 54
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 54     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 38444 - Articulo 54
Ir al final de los resultados
Artículo 54
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 54.—La Fiscalía Ejecutiva podrá solicitar a la persona regente la presentación del archivo de referencia para su revisión en cualquier momento. La solicitud la hará por escrito y le concederá un plazo de diez días hábiles para su presentación, a partir del día hábil siguiente la fecha de su comunicación.


 

Ir al inicio de los resultados