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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38444 >> Fecha 20/02/2014 >> Articulo 56
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38444 - Articulo 56
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Artículo 56
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CAPÍTULO XVI

De los honorarios y de las cuotas regenciales

Artículo 56.—El o la regente forestal devengará, por su actividad regencial, los honorarios correspondientes y serán pagados por la empresa o persona regentada de acuerdo a lo convenido entre las partes, o en su defecto en un plazo no mayor a veinte días hábiles a partir del momento en que se realicen los servicios respectivos, salvo que la persona regente haya sido contratada en una relación laboral en cuyo caso devenga salario.

El monto mínimo de los honorarios por la prestación de servicios privados en regencias forestales será recomendado por la Comisión Permanente de Asuntos Forestales a la Junta Directiva, aprobado por la Asamblea General del Colegio y promulgado por el Poder Ejecutivo.

Toda relación regencial contemplará exclusivamente el pago por las funciones como regente forestal. Las labores adicionales a las funciones regenciales deberán ser canceladas por la persona que así lo solicite.

En caso de que la empresa o persona regentada no haya cancelado los honorarios correspondientes por regencia forestal a la persona regente, previamente demostrada la existencia de actividad regencial, ésta última deberá comunicarlo al Colegio para que no tramite la inscripción de una nueva regencia en la propiedad afectada por la regencia mientras no haya cancelado el monto adeudado. Tal impedimento se levantará si la persona regente expresa por escrito que le fueron cancelados los honorarios, si el afectado deposita tales honorarios en el Colegio a favor del regente o si han transcurrido tres años desde la comunicación del regente del adeudo, sin que conste la existencia de proceso judicial en el que se pretenda el pago de esos honorarios.

Toda empresa o persona regentada deberá cancelar al o a la regente los honorarios correspondientes a la visita de cierre, de previo a dicha visita y a la presentación del respectivo informe.


 

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