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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38444 >> Fecha 20/02/2014 >> Articulo 64
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38444 - Articulo 64
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Artículo 64
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Artículo 64.—Si presentado el archivo de referencia, resulta incompleto, ello facultará al o a la fiscal del Colegio para sancionar al o a la regente con alguna de las siguientes sanciones:

a. De uno hasta diez folios de papelería faltante, se hará una amonestación escrita.

b. Si faltan más de diez folios de papelería, se le suspenderá como regente por un período de un mes hasta un año proporcional al porcentaje de papelería faltante.


 

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