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 Normativa >> Reglamento 912 >> Fecha 19/06/2014 >> Articulo 18
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Normativa - Reglamento 912 - Articulo 18
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Artículo 18    (No vigente*)
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Artículo 18.—Otras fiscalizaciones. El resultado del estudio del ICODER se dictará sin perjuicio de la fiscalización, posterior por parte de la Contraloría General de la República y de la Auditoria Interna del ICODER.

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