Buscar:
 Normativa >> Acuerdo 180 >> Fecha 11/08/2014 >> Articulo 4
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 4     >>
Normativa - Acuerdo 180 - Articulo 4
Ir al final de los resultados
Artículo 4
Versión del artículo: 1  de 1

IV.—Ordenar a la Dirección General de Armamento, no autorizar la importación de aquellos accesorios para armas de fuego, que le confiera a las mismas una apariencia física que simule a las armas consideradas prohibidas por la Ley de Armas y Explosivos N° 7530. Dicha restricción no aplica cuando se demuestre que la importación o comercialización de los accesorios serán para uso exclusivo en armas deportivas, mismas que necesariamente deben de estar inscritas para dicho fin. Comuníquese y publíquese.

Ir al inicio de los resultados