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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38536 >> Fecha 25/07/2014 >> Articulo 10
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38536 - Articulo 10
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Artículo 10
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Artículo 10.—Consejos Nacionales Sectoriales. Créanse los Consejos Nacionales Sectoriales como órganos de coordinación y consulta de la o el ministro rector respectivo, en cuanto a los planes, programas y metas que le corresponde ejecutar a cada sector según las políticas gubernamentales, el Plan Nacional de Desarrollo y la estrategia de largo plazo.

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