Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38536 >> Fecha 25/07/2014 >> Articulo 25
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 25     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 38536 - Articulo 25
Ir al final de los resultados
Artículo 25
Versión del artículo: 1  de 2
Siguiente

Artículo 25.—Integración de la organización del INDER con el Sistema Nacional de Planificación. Las regulaciones normativas relacionadas con la operación de órganos y entes creados al amparo de la Ley de Transformación del Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) en el Instituto de Desarrollo Rural (INDER), así como las relativas a la planificación del desarrollo rural, deberán aplicarse de manera integrada con el Sistema Nacional de Planificación, para que la organización sectorial se armonice con el funcionamiento del Estado en los ámbitos nacional, regional, territorial y municipal, según los alcances establecidos en artículo 6 de la mencionada Ley.

Ir al inicio de los resultados