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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38561 >> Fecha 22/05/2014 >> Articulo 12
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38561 - Articulo 12
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Artículo 12
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Artículo 12.—Corresponderá a la Dirección de Tecnologías de Información realizar el respectivo estudio técnico de las necesidades reales en materia de tecnologías de información de la dependencia solicitante. Realizado el estudio técnico respectivo, se remitirá el informe al Director o encargado de programa solicitante, con las especificaciones técnicas de los equipos a adquirir y las cotizaciones respectivas.


 

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