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 Normativa >> Resolución 041 >> Fecha 24/09/2014 >> Articulo 7
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Normativa - Resolución 041 - Articulo 7
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Artículo 7    (No vigente*)
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Artículo 7º—Informantes del modelo electrónico D-157. Los informantes que se encuentran obligados a presentar este modelo de declaración informativa son, la Dirección General de Migración y Extranjería, el ente autorizado de la recaudación del tributo y el órgano autorizado para la administración del aeropuerto o, en su defecto, la Dirección General de Aviación Civil.

 

Dichas entidades deberán suministrar información sobre todas las salidas del país vía aérea, según el siguiente detalle establecido en la resolución N° 19-03 del 30 de junio del 2003, publicada en La Gaceta N° 133 del 11 de julio del 2003 o la que se encuentre vigente.

 


 

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