Artículo 8º—Informantes del modelo electrónico D-158. Los informantes
que se encuentran obligados a presentar este modelo de declaración informativa
son las organizaciones o entidades, sean personas físicas o jurídicas, públicas
o privadas, que realicen u organicen subastas agropecuarias, las cuales deberán
suministrar a la administración tributaria la información de los compradores y
vendedores que participen en las mismas.
El informante deberá de suministrar el siguiente detalle:
i. Identificación del
informado: Número de identificación asociado de forma directa con el nombre
completo o razón social de la persona de la cual se deriva la relación
económica, financiera o profesional. En el caso de la identificación, cuando
corresponde a un extranjero, debe consignarse el número de documento de
identidad migratorio de extranjero (DIMEX) asignado por la Dirección General de
Migración y Extranjería, o en su defecto el número de identificación que le fue
asignado por la Administración Tributaria, hasta tanto cuente con el documento
migratorio.
ii. Monto de la transacción.
Monto total, acumulado por persona, de la venta o compra realizada a través de
las subastas agropecuarias.
iii.
Tipo de transacción efectuada según los códigos que se detallan a
continuación:
CS: Código que se utiliza para reportar al informado que realiza la
compra en la subasta.
VS: Código que se utiliza para reportar al informado que realiza la
Venta en la subasta.
A estos efectos, no es necesario establecer la relación recíproca entre
compradores y vendedores.
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