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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38642 >> Fecha 30/09/2014 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38642 - Articulo 4
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Artículo 4
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Artículo 4º—La Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias será el órgano encargado del planeamiento, dirección, control y coordinación de los programas y actividades de protección, salvamento, atención, rehabilitación y reconstrucción de las zonas declaradas en estado de emergencia, para lo cual podrá designar como unidades ejecutoras a las instituciones que corresponda por su competencia o a ella misma.

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