Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38639 >> Fecha 25/06/2014 >> Articulo 10
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 10     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 38639 - Articulo 10
Ir al final de los resultados
Artículo 10
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 10.—El Presidente del Consejo Directivo será nombrado por el término de un año y tomará posesión de su cargo el primer día del mes siguiente a su elección. El Presidente podrá ser reelecto en su puesto.


 

Ir al inicio de los resultados