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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38639 >> Fecha 25/06/2014 >> Articulo 14
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38639 - Articulo 14
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Artículo 14
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CAPÍTULO III

De la Administración

Artículo 14.—Decano: Se llamará Decano al funcionario de mayor jerarquía encargado de la dirección y administración de las instituciones parauniversitarias públicas, según los mandatos del correspondiente Consejo Directivo.


 

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