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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38639 >> Fecha 25/06/2014 >> Articulo 20
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38639 - Articulo 20
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Artículo 20
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Artículo 20.—Las instituciones parauniversitarias públicas, además del Consejo Directivo y el Decano, tendrán la estructura que indique la Ley o en su defecto la que mejor convenga para el cumplimiento de sus objetivos.


 

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