CAPÍTULO II
Del Gobierno
Artículo 55.—El gobierno de los Institutos de
Educación Superior Parauniversitaria privados y su cuerpo directivo se
establece, mantiene y define por libre iniciativa privada; de conformidad con
los parámetros que permiten las leyes aplicables y el presente reglamento. Su
cuerpo directivo será considerado como el superior jerárquico a nivel
institucional.
|