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 Normativa >> Reglamento 39 >> Fecha 11/08/2014 >> Articulo 17
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Normativa - Reglamento 39 - Articulo 17
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Artículo 17
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Artículo 17.—Herramienta tecnológica y recurso humano. Se podrán utilizar y mejorar las herramientas tecnológicas que faciliten la labor de despersonalización, sin que esto sustituya la labor de revisión y supervisión en cuanto a la calidad de la información por parte de las personas encargadas y responsables de este proceso.


 

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