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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38713 >> Fecha 15/05/2014 >> Articulo 8
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38713 - Articulo 8
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Artículo 8
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Artículo 8°—Los distribuidores y vendedores de plaguicidas sintéticos formulados que contengan carbofurán para su utilización en los cultivos de piña y banano deben contar con programas de custodia para la verificación del uso agronómico correcto, que garantice además la protección de la salud humana y el ambiente.


 

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