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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38732 >> Fecha 02/07/2014 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38732 - Articulo 3
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Artículo 3
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Artículo 3.- Modifíquense todas aquellas referencias normativas contenidas en los Reglamentos Técnicos nacionales hechas al Decreto Ejecutivo N° 35994-S del 19 de abril de 2010, para que, a partir de la fecha de entrada en vigencia de la Resolución N° 339- 2014 (COMIECO-LXVII) del 25 de abril de 2014 y sus Anexos, tales referencias se entiendan hechas al "Reglamento Técnico Centroamericano RTCA  11.03.42:07 Productos Farmacéuticos. Medicamentos para uso Humano. Buenas Prácticas de Manufactura para la Industria Farmacéutica" (Anexo 1) y a la "Guía de Verificación del Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 11.03.42:07 Reglamento Técnico sobre Buenas Prácticas de Manufactura para la Industria Farmacéutica. Productos Farmacéuticos y Medicamentos de uso Humano" (Anexo 2), publicados mediante el presente Decreto Ejecutivo.

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