CAPÍTULO
III
- Identificación
de la población estudiantil con alta dotación, talentos y creatividad
ARTÍCULO
6. Responsables
Las
personas responsables de identificar y dar seguimiento al estudiantado con alta
dotación, talento y creatividad, en concordancia con los lineamientos
establecidos para el efecto, serán las siguientes, sin que esto implique un
orden estricto para su ejecución:
a) En
primera instancia, serán los padres, madres o encargados legales u otros
familiares cercanos al ingreso al sistema educativo, los responsables de
identificar y dar a conocer al centro educativo las cualidades que presenta el
niño o la niña.
b) Los
centros educativos deberán establecer mecanismos internos para la
identificación de los estudiantes con alta dotación, talento y creatividad.
c) El
personal docente, como parte de su trabajo regular, identificará la alta
dotación, talento y creatividad del estudiantado.
d) Los
Equipos Técnicos Interdisciplinarios Regionales, los Servicios de Educación
Especial, el Comité de Evaluación y los Comités de Apoyo existentes en el
centro educativo deberán brindar la ayuda técnica y pedagógica que requiera el
estudiantado con alta dotación, talento y creatividad.
Para
llevar a cabo la detección de las cualidades señalas, se deberá tomar en
cuenta, la observación sistemática del desempeño, las valoraciones pedagógicas
y psicopedagógicas, las habilidades intelectuales, el nivel de rendimiento, los
intereses y habilidades, la actitud y el compromiso del estudiantado, así como
evidencias del desempeño en el aula y en el contexto familiar y comunitario.