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 Normativa >> Resolución 047 >> Fecha 03/11/2014 >> Articulo 5
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Normativa - Resolución 047 - Articulo 5
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Artículo 5
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Artículo 5º—Si los vendedores o afiliados, tienen como única actividad comercial la venta de estos productos o no tienen venta de productos o servicios gravados diferentes a los indicados, no están obligados a inscribirse como contribuyentes del impuesto general sobre las ventas.

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