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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38772 >> Fecha 26/11/2014 >> Articulo 11
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38772 - Articulo 11
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Artículo 11
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Artículo 11.—Del reconocimiento material y económico de los premios. Los Premios Nacionales de Cultura, consistirán en un reconocimiento económico y un signo material (estatuilla), que se otorgará al ganador de cada área y categoría.

Cada programa u órgano desconcentrado del Ministerio, encargado de administrar un Premio Nacional de Cultura, deberá tomar las previsiones presupuestarias, para cubrir el contenido económico de cada galardón que se entrega, por lo que será calculado en el anteproyecto de presupuesto, según el monto establecido en el artículo 10 de la ley. El incumplimiento de esta obligación implicará responsabilidad administrativa del funcionario responsable de formular y garantizar el contenido presupuestario.

El financiamiento de los signos materiales (estatuillas) será cargado al presupuesto del Centro de Producción Artística y Cultural (CEPAC).


 

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