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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38772 >> Fecha 26/11/2014 >> Articulo 24
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38772 - Articulo 24
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Artículo 24
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Artículo 24.—Comunicación de los resultados. Una vez que los Jurados Calificadores hayan tomado las decisiones finales acerca del otorgamiento o declaratoria de desierto de cada uno de los Premios Nacionales de Cultura, remitirán el acta final a la Unidad Administradora respectiva.

La Unidad Administradora, trasladará el acta y resumen de la misma al Despacho del Ministro de Cultura y Juventud, a efecto que este, de manera oficial, anuncie los ganadores. De esta comunicación, recibirá copia la Comisión de Premios Nacionales.

Cada Unidad Administradora emitirá un documento oficial con el que le comunica al ganador que ha sido seleccionado por el Jurado Calificador, como ganador del Premio Nacional de Cultura para la categoría y el año respectivo.

(Así reformado por el artículo 16 del decreto ejecutivo N° 40603 del 17 de julio de 2017)

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