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 Normativa >> Reglamento municipal 02 >> Fecha 03/03/2011 >> Articulo 1
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Normativa - Reglamento municipal 02 - Articulo 1
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Artículo 1
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MUNICIPALIDAD DE ACOSTA

Considerando que:

El Reglamento Administración Zonas Públicas de Estacionamiento Municipalidad de Acosta, fue publicado como proyecto sometido a consulta pública, en el Diario Oficial La Gaceta N° 31, de fecha 13 de febrero del 2013, sin que hayan sido presentadas observaciones u oposiciones de ningún tipo. Por tanto,

La Municipalidad de Acosta, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 170 de la Constitución Política, 2°, 3°, 4° inciso a), 13, inciso c) y 43 del Código Municipal, acuerda aprobar el Reglamento Administración Zonas Públicas de Estacionamiento Municipalidad de Acosta.

REGLAMENTO ADMINISTRACIÓN ZONAS PÚBLICAS

DE ESTACIONAMIENTO MUNICIPALIDAD DE ACOSTA

CAPÍTULO I

De la designación de las zonas de estacionamiento

Artículo 1º—De las potestades. La Municipalidad de Acosta, por medio de la Unidad de Policía Municipal tendrá a su cargo el funcionamiento, fiscalización, control y administración del sistema de estacionamiento en las vías públicas conforme a lo indicado por acuerdos del Concejo Municipal en cuanto a las zonas destinadas a ese fin.

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