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 Normativa >> Reglamento municipal 244 >> Fecha 27/01/2015 >> Articulo 2
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Normativa - Reglamento municipal 244 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2º—Fundamentación técnica para la adquisición de bienes inmuebles. El Concejo Municipal deberá de fundamentar el acuerdo en el que declare el interés público con base en los criterios técnicos que justifiquen la adquisición, de ésta forma deberá de incluir el criterio de la Dirección de Desarrollo Urbano y demás criterios técnicos requeridos de acuerdo a la naturaleza jurídica del inmueble a adquirir y los proyectos a desarrollar. Todo ello, en tanto no contravenga lo establecido por el Plan Regulador.

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